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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto para aplicar los requisitos establecidos en la normativa comunitaria para la higiene en las explotaciones agrícolas, teniendo en cuenta el reparto de competencias en el Estado español. 

Este Real Decreto, elaborado en colaboración con las Comunidades Autónomas, fija claramente, en su ámbito de aplicación, cuales son las explotaciones agrícolas que deben cumplir con las obligaciones de higiene fijadas en la normativa comunitaria, estableciéndose el conjunto de medidas que, desde el punto de vista de la higiene, deben respetar los agricultores titulares de las mismas. 

Estas obligaciones vendrán desglosadas en las correspondientes guías de buenas prácticaas que, tanto el Ministerio como las organizaciones más representativas del sector, pondrán a disposición de los agricultores a través de la Web del Departamento.

REGISTRO GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA 

Una de las novedades de la nueva norma es la creación del Registro General de la Producción Agrícola, (REGEPA), en el que será obligatoria la inscripción de todas las explotaciones que realicen su actividad en el ámbito agrícola. Este Registro es un instrumento imprescindible para el cumplimiento de la normativa comunitaria sobre seguridad alimentaria, ya que entre otras cuestiones permitirá reforzar los sistemas de trazabilidad existentes. 

Además, el REGEPA constituirá un instrumento válido y conveniente para otros fines de la política agraria, aportando información muy valiosa para los controles de condicionalidad de las ayudas de la PAC, así como para estudios de índole estadística.

El Ministerio dispone también de una aplicación informática, que permitirá el intercambio de información entre los diferentes Registros de todas las administraciones y la consulta pública de dicha información, con la misión de informar a los agricultores de la inscripción en el REGEPA de sus explotaciones.

Otra novedad a destacar la constituye el establecimiento de un Programa de Control Oficial de la Producción Primaria Agrícola, en el que se pretenden aglutinar las labores de control oficial que fijan tanto la normativa comunitaria como nacional en el marco de la higiene agrícola. El objeto del mismo es garantizar la eficacia y eficiencia de los controles, al mismo tiempo que se simplifican los procedimientos de control y se evitan las duplicidades.

Con la aprobación de esta nueva normativa se pone de manifiesto, una vez más, la apuesta decidida del Ministerio por mejorar las herramientas de coordinación con las Comunidades Autónomas, con la finalidad de establecer y consensuar medidas armonizadas a nivel nacional, que permitan implementar las obligaciones establecidas en la normativa comunitaria de la manera más eficaz posible, lo que sin lugar a dudas redundará en una mejora notable de la seguridad alimentaria de nuestras producciones, sin mermar la competitividad de nuestra industria alimentaria.