Qué hacer ante una herencia sin testamento
Uno de los primeros problemas que se plantean si muere un familiar sin haber hecho testamento o con un testamento nulo, es el destino de la herencia. La herencia no se pierde, ni se la queda el Estado, es la ley la que establece los herederos según afinidad y parentesco con el fallecido.
El orden establecido en nuestro Código Civil en estos casos es el siguiente:
1º Los hijos y sus descendientes suceden a sus padres y ascendientes.
2º Si no hay hijos, heredan el padre y la madre.
3º A falta de padres, heredaran los ascendientes más próximos en grado de parentesco, los abuelos.
4º Si no hay descendientes ni ascendientes, heredara el cónyuge, siempre que no estén separados. Hay que saber que la pareja de hecho no se encuentra recogida como supuesta heredera.
5º A falta de cónyuge, sucederán los hermanos, o sus hijos en su defecto.
6º Si el fallecido no tiene hermanos ni sobrinos, heredaran los parientes en línea colateral hasta cuarto grado, esto es, tíos y primos.
7º En último caso y a falta de todas las personas anteriormente nombradas, heredara el Estado.
Para asegurarnos de que el difunto no dejó testamento, hemos de ponernos en contacto con Registro de Últimas Voluntades, donde estará reflejada la falta del mismo. Una vez superado este trámite, los herederos deben obtener una Declaración de heredero Ab intestato, esta declaración se obtiene de dos formas distintas, dependiendo del grado de parentesco con el difunto, si se es ascendiente, descendiente o el cónyuge, basta con ir al notario para conseguirla, el resto de parientes tendrá que ir a un juez para obtener esta declaración.
Llegada la hora de repartir los bienes, los herederos podrán elegir libremente la forma de partición, siempre y cuando se respete la cuota de cada uno ellos que establece la ley.
Por último, nos queda pagar impuestos por haber recibido la herencia; todos los que reciban algo deberán pagarlos, pero la cuantía depende de varios factores:
1º El valor de los bienes heredados; se pagara más de una manera progresiva, cuanto mayor sea el valor de los bienes heredados más habrá que desembolsar.
2º El parentesco con el difunto; cuanto más alejado sea más hay que pagar, así el impuesto será mayor para un sobrino que para un hijo.
3º El patrimonio previo del que está llamado a heredar; si tiene un patrimonio importante, fijado por ley, le saldrá más caro recibir su parte de la herencia.