El TS confirma la condena a Santiago Calatrava a pagar 2,96 millones de euros por fallos en la construcción del Palacio de Congresos de Oviedo
La sentencia considera que el arquitecto es responsable por su conducta negligente de los daños que se produjeron tras el derribo de un graderío durante las obras y la construcción de la cubierta que se hizo fija cuando en el contrato estaba previsto que fuera móvil.
El Supremo avala el recorte de 1.700 millones del Gobierno de España a las renovables
El tribunal considera que la nueva regulación es constitucional y se ajusta al derecho comunitario.
El Tribunal Supremo ha certificado un nuevo golpe a los productores de energía renovable. La sala de lo Contencioso-Administrativo ha avalado el real decreto de 2014 que reguló el nuevo régimen retributivo de estas instalaciones y por el que el Gobierno de Mariano Rajoy aplicó un recorte de casi 1.700 millones de euros a este sector. El tribunal considera que la nueva regulación es constitucional y se ajusta al derecho comunitario.
El Tribunal Supremo ha dictado las primeras tres sentencias sobre el real decreto de 2014 y la orden ministerial posterior que regulan la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables y las retribuciones de las empresas fotovoltaicas. Los jueces dan la razón al Gobierno y rechazan los recursos presentados por tres productores: Ingeniería Civil, Alternativa y Medioambiental (Incam), Renovables Samca y Llerena Solar, Temcli y Powersol 2007.
Son solo una muestra de los cientos de recursos que llegaron sobre este asunto al alto tribunal. La sala decidió agruparlos, por lo que en los próximos meses habrá nuevos fallos que, previsiblemente, mantendrán la misma línea que los dictados esta semana, aunque puede haber variaciones.
Supremo considera que el decreto y la orden del Gobierno son constitucionales y se ajustan al derecho comunitario. El Tribunal Constitucional ya avaló el pasado enero la nueva regulación y en su sentencia basan los jueces del Supremo buena parte de sus argumentos. Los magistrados entienden que estas normas no definen, como denuncian las empresas, un nuevo régimen jurídico que no estuviese ya establecido en el real decreto ley 9/2013, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. Este real decreto, que fue convalidado por el Congreso, fue el que avaló este año por el Tribunal Constitucional.
Sin retroactividad
Sobre la retroactividad de la norma, uno de los puntos que impugnaron los productores, el Supremo reconoce que para calcular las nuevas retribuciones se tienen en cuenta las percibidas anteriormente, pero entiende que esta práctica se realiza para retribuir conforme a «toda la vida útil regulatoria», y no obliga a devolver las cantidades percibidas en el pasado.
La decisión se ha tomado por la mayoría, pero no de forma unánime, ya que dos de los siete magistrados que participaron en la deliberación, Eduardo Calvo e Isabel Perelló, han firmado un voto particular en el que advierten que tanto el real decreto como la orden que lo desarrolló deberían haber sido declarados nulos por incurrir en «retroactividad ilícita» y vulnerar los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima. Estos dos jueces censuran que la nueva regulación se proyecta «retroactivamente» sobre la actividad que las instalaciones ya existentes habían desarrollado con anterioridad a la entrada en vigor de la actual normativa.
A la espera del Ciadi
Aunque el Supremo y el constitucional han avalado los recortes de los dos últimos Gobiernos a las primas a las renovables, todavía quedan flecos judiciales abiertos por los cambios de regulación a nivel internacional. Decenas de empresas y fondos de inversión acudieron al arbitraje internacional del Ciadi para reclamar compensaciones a España, porque las rentabilidades de sus inversiones estaban atadas a unos incentivos que se derogaron. Las decisiones siguen pendientes.
Una de esas batallas sí la ha ganado ya España. En enero el Gobierno anunció que en un caso concreto, que se dirimía en otra corte de arbitraje (el Tribunal Arbitral de la Cámara de Comercio de Estocolmo), España obtuvo el respaldo a los cambios legislativos. En concreto, quedó desestimada la demanda que dos grandes inversores presentaron por las reformas llevadas a cabo en el año 2010 en el sector de la fotovoltaica.
Fuente de la noticia: http://economia.elpais.com/economia/2016/06/01/actualidad/1464802624_717002.html
Recordamos el artículo de D. Vicente Sanchez, publicado en el periodico HOY en relación a esta noticia.
http://www.hoy.es/v/20111001/economia/juego-trileros-20111001.html
La justicia reprocha a España por las cláusulas abusivas
El Tribunal de la UE estima que los jueces nacionales deben tener mayor margen para anular parte de una hipoteca si ven excesos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado un nuevo tirón de orejas a España en materia hipotecaria. En esta ocasión ha sido por las limitaciones que tienen los jueces a la hora de determinar si alguna de las cláusulas de ese tipo de contratos resulta abusiva o no, más allá de lo que digan al respecto las leyes nacionales.
Condenado a seis meses de prisión por el cultivo de una variedad protegida de trigo
Al acusado se le atribuye un delito contra la propiedad industrial por acometer operaciones no autorizadas de reproducción de la variedad vegetal protegida de cereal ‘Altria’
El Juzgado de Instrucción número 1 de Sahagún ha condenado al responsable de una entidad dedicada al comercio de cereal de la provincia a una pena de seis meses de prisión, por la explotación no autorizada de una variedad protegida de trigo blando. El acusado, al que se le atribuye un delito contra la propiedad industrial tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal, también tendrá que abonar una multa y una indemnización por los daños y perjuicios causados, así como las costas procesales.
Canadá y UE modifican el capítulo de inversiones de su acuerdo comercial Leer más: Canadá y UE modifican el capítulo de inversiones de su acuerdo comercial
Toronto (Canadá), 29 feb (EFECOM).- Canadá y la Unión Europea (UE) anunciaron hoy la revisión del controvertido capítulo sobre protección de inversiones del Acuerdo Global Económico y Comercial (CETA, por sus siglas en inglés), que se había convertido en un obstáculo para la ratificación del tratado.
Con la revisión del capítulo, y la finalización de la revisión legal del acuerdo, también anunciada hoy, Canadá y la UE dijeron en un comunicado conjunto que esperan la firma del CETA este año y su entrada en vigor en 2017.
CETA fue negociado en los últimos años por Ottawa y Bruselas y presentado como un acuerdo «histórico» por el anterior Gobierno canadiense del exprimer ministro conservador Stephen Harper.
Harper anunció en varias ocasiones, en 2013 y 2014, la finalización del acuerdo a pesar de que las negociaciones han continuado hasta el momento.
La ministra de Comercio Internacional de Canadá, Chrystia Freeland, y la comisaria europea para Comercio, Cecilia Malmström, dijeron que «como parte de la revisión legal, se hicieron modificaciones al capítulo de inversiones, tras discusiones entre la Unión Europea y funcionarios canadienses».
TS: los padres pueden acceder a las cuentas en redes sociales de sus hijos menores si sospechan que están siendo víctimas de un delito
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, de la que no se conocen más datos a la hora de redactar esta noticia, por la que confirma la validez como prueba de un delito de abuso sexual de los datos obtenidos por una madre de la cuenta abierta por su hija menor de edad en Facebook. La madre accedió a esta cuenta sin que conste que la menor hubiera otorgado su permiso al respecto, ante la sospecha de que la niña pudiera estar siendo víctima de ciberacoso.
Competencia legaliza la práctica del ‘lobby’
La CNMC será el primer organismo español que cuente con un registro de grupos de presión, basado en la normativa de la Comisión Europea
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tiene prevista la instauración de un registro de lobbies. El organismo ya cuenta con el reglamento y solo queda aprobarlo y ponerlo en funcionamiento. El objetivo de esta iniciativa es reforzar la transparencia ante la avalancha de grupos de presión y cubrir el vacío legal que existe sobre la materia después de que en la Ley de Transparencia aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2014 no se desarrollara.De esta forma, el organismo que preside José María Marín Quemada será el primero en aplicar una normativa sobre lobby en España y supondrá un antes y un después en la reglamentación española.
Ortega: «Son tiempos de diálogo, vale más convencer que vencer»
Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, pide mantener unida a la profesión para que los letrados tengan más fuerza y mayor presencia en la elaboración de las leyes.
Unión, diálogo y compromiso. Éstas son las tres palabras que más utiliza Victoria Ortega (Palencia, 1958), nueva presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). La máxima representante de los letrados nacionales es consciente de los tiempos que corren y de la necesidad de abrir el debate respecto al futuro de la profesión, así como sobre la Administración de Justicia.
Cláusulas suelo: el procedimiento colectivo no suspende las acciones individuales
La acción individual impulsada por un consumidor para que se declare la nulidad de la cláusula suelo no se suspende automáticamente a la espera de que se resuelva el procedimiento colectivo impulsado por la Asociación de Usuarios de Banca, Cajas y Seguros (Adicae). Según el Derecho comunitario, la suspensión es posible, pero en ningún caso puede ser obligatoria ni automática, y el consumidor afectado debe poder desvincularse de la acción colectiva.
Así lo determina el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, en unas conclusiones hechas públicas hoy, en las que interpreta la Directiva 91/13, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, en relación con la regulación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) española sobre la prejudicialidad.
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