La extinción de la pensión compensatoria ya tiene fecha fija.

El Tribunal Supremo ha resuelto a favor del demandante que solicitó la extinción de la pensión compensatoria a su ex-mujer por convivir con su actual pareja.

Esta es la primera vez en la que se aborda el momento en que se produce la extinción de la pension compensatoria por convivencia marital del ex cónyuge con un tercero.  La pension compensatoria, está relacionada con la perdida de posición económica, de una de las partes una vez extinguida la comunidad que forman por su matrimonio. Al cónyuge perjudicado, se le compensa con esta pensión.

La novedad consiste en que el demandante solicitaba la extinción desde la fecha de interposición de la demanda y en primera instancia se la habían denegado. Reclamado de nuevo, la Audiencia Provincial estimó el recurso y acogió la tesis del demandante.

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